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Ley de Mediación: Nueva Ley Orgánica 1/2025

¿Puede la mediación transformar la forma en que los abogados defienden los intereses de sus clientes? ¿Nos saldrán más económicas sus minutas? ¿Es posible que la gestión de conflictos, más allá del litigio, se convierta en una herramienta esencial para la abogacía? ¿Y si la clave para un futuro judicial más eficiente y justo estuviera en manos de los profesionales del derecho y no en los jueces? ¿Y si dejamos de hacernos tantas preguntas y empezamos con las respuestas?

La publicación de la Ley Orgánica 1/2025, de Mediación, abre un nuevo capítulo en el mundo legal, tal y como se le conocía. Desde el 3 de abril, los profesionales de este sector están “invitados” a integrar la mediación en su día a día. Deben usarla como una herramienta estratégica al servicio de sus clientes. Desde Camerfirma, queremos ofrecerte una guía completa para entender esta ley de mediación y cómo las soluciones de certificación digital, y en concreto las nuestras, pueden ser aliados estratégicos en este nuevo escenario. 

¿Qué es la Ley Orgánica 1/2025?

Las cosas como son. La Ley Orgánica 1/2025 ha llegado como un elefante entrando por una cacharrería. Representa una profunda reforma del sistema judicial español, sí, sin embargo, la hoja de ruta, fácil lo que se dice fácil no es. 

La Ley, como tal, se centra en potenciar la mediación como un mecanismo clave, estableciendo para ello un marco regulatorio claro y fomentando su uso en diversas áreas del derecho.

  • Busca agilizar los procesos (una demanda judicial por impago ronda los siete meses).
  • Reducir el número de litigios (a día de hoy, hay 4 millones de asuntos pendientes de resolución). 
  • Promover una cultura de resolución pacífica de conflictos. Léase de nuevo, por favor. Sobre todo lo de “pacífica”. 

Lo dicho. Buena suerte abogados. 

Bromas aparte, esta nueva ley de mediación moderniza el marco legal, pero es que también impulsa el uso de herramientas tecnológicas para la gestión eficiente de los casos. Y creednos que es necesario. 

Antes de la Ley Orgánica 1/2025, la mediación era un proceso voluntario donde no era necesario justificar la negociación y se podía demandar directamente, con acuerdos que dependían únicamente de la voluntad de las partes. Ahora, con la nueva legislación, la mediación es obligatoria en reclamaciones civiles y mercantiles, se exige acreditar que se intentó un acuerdo, y sin mediación previa, la demanda puede ser rechazada. 

Así que, ¿estamos ante el fin de los largos y costosos procesos judiciales tradicionales? ¿Es la mediación la solución para descongestionar los tribunales? El tiempo lo dirá. Sin embargo, es de agradecer que se intente descongestionar los tribunales, que los trámites se agilicen. Que se reduzca la litigiosidad. 

 Ley Orgánica 1/2025

¿Cómo afecta la nueva ley orgánica a la normativa de mediación?

Como diría Jean-Paul Sartre, “Nada ha cambiado y, sin embargo, todo existe de otra manera.” Esta frase captura la esencia de cómo la Ley Orgánica 1/2025 transforma la normativa de mediación. ¿Significa esto que la mediación es ahora completamente diferente? No necesariamente, pero sí que su papel y su práctica se ven redefinidos.

¿Por qué decimos esto? Porque la ley busca establecer un marco más sólido y coherente para la mediación, y para ello, debe unificar procedimientos y elevar los estándares de formación para los mediadores. Y tú te dirás, ¿cómo garantizamos que estos profesionales estén a la altura? Porque es cierto, no basta con conocer las leyes. Ahora es esencial dominar también las herramientas tecnológicas que faciliten la mediación online.

Para el sector legal, esto implica un cambio de alineación. Es el mismo juego, pero cambia la jugada. Ahora, ya no se trata solo de litigar, sino de asesorar estratégicamente a los clientes en un proceso de mediación. ¿Cómo debéis prepararos los abogados para este nuevo rol? Buena pregunta. Puedes empezar dominando herramientas digitales que permitan una comunicación segura y eficiente, como Confye, la solución que te ofrecemos para el envío de comunicaciones certificadas.

Confye te permite enviar WhatsApps certificados, SMS e emails certificados, así como burofax digitales. Todo con plena validez legal, garantizando en todo momento la integridad del contenido y la recepción por parte del destinatario. Atrévete a decirnos que esto no resulta fundamental para acreditar el cumplimiento de los requisitos de información y comunicación en el proceso de mediación, así como para asegurar la confidencialidad y la seguridad de las comunicaciones entre las partes, el mediador y el sistema judicial. Vamos, atrévete. 

Lo hemos dicho siempre, la clave está en la confianza. ¿Podemos construir un sistema de mediación online que inspire la misma confianza que un proceso tradicional? Por supuesto. 

Lo único que tenemos que hacer es verlo con los ojos correctos. Es entonces cuando veremos todas las ventajas y beneficios de la nueva mediación:

  • La mediación suele ser más rápida y económica que un proceso judicial.
  • Las partes tienen mayor control sobre el resultado de la mediación que en un juicio.
  • El proceso de mediación es confidencial, lo que permite a las partes hablar abiertamente sin temor a que la información se divulgue.
  • La mediación puede ayudar a mantener o mejorar las relaciones entre las partes, lo que es especialmente importante en el ámbito empresarial.
  • La mediación permite encontrar soluciones creativas que no serían posibles en un juicio.
  • Los acuerdos alcanzados en mediación suelen ser más fáciles de cumplir que las sentencias judiciales, ya que las partes han participado activamente en su elaboración.
¿Cómo afecta la nueva ley orgánica a la normativa de mediación?

¿En qué consiste la ley de mediación?

La ley de mediación se centra en varios aspectos fundamentales, entre ellos la obligatoriedad de intentar la mediación antes de iniciar un proceso judicial en ciertos casos, la digitalización de los procesos y la inclusión de incentivos fiscales para fomentar su uso. 

Y hasta aquí todo muy bien, pero, ¿cómo podemos asegurar que la mediación obligatoria no se convierta en un mero trámite formal?

La nueva Ley Orgánica 1/2025 aborda diferentes aspectos del proceso de mediación, desde la selección del mediador hasta la ejecución del acuerdo. 

  • Establecimiento de la obligatoriedad de intentar la mediación antes de iniciar un proceso judicial en ciertos casos.
  • Digitalización de los procesos de mediación.
  • Inclusión de incentivos fiscales para fomentar el uso de la mediación.
  • Definición de los roles de los mediadores, los derechos y obligaciones de las partes y los requisitos para la validez de los acuerdos alcanzados.
  • Mayor eficiencia y agilidad en la resolución de conflictos.
  • Fomento de una cultura de diálogo y acuerdo entre las partes.

En esencia, la Ley Orgánica 1/2025 busca promover una cultura de paz y diálogo en la resolución de conflictos, fomentando la autonomía de las partes y su capacidad para alcanzar acuerdos satisfactorios. Los principios que rigen la mediación, según la ley, son la voluntariedad, la igualdad de las partes, la imparcialidad del mediador, la confidencialidad y la buena fe. En otras palabras, se busca que la mediación sea un proceso flexible, ágil y adaptado a las necesidades de cada caso, que contribuya. Que ayude a aliviar y desahogar los tribunales y no menos importante, que ayude a mejorar el acceso a la justicia para todos los ciudadanos.

¿En qué consiste la ley de mediación?

Cambios en la ley de mediación

Ya ha quedado claro que la Ley Orgánica 1/2025 nos trae cambios en la forma en que se concibe y se practica la mediación en España, y que estos cambios buscan modernizar el sistema, hacerlo más accesible y eficiente, y promover una cultura de resolución pacífica de conflictos. Ahora, ¿cómo lo conseguimos? ¿Cómo hacemos para garantizar que estos cambios se implementen de forma efectiva y que beneficien a todos?

A) Obligación de intentar la mediación previa

Uno de los cambios más importantes es la introducción de la obligatoriedad de intentar la mediación antes de iniciar un proceso judicial en ciertos casos. 

En otras palabras, esto simplemente nos dice que ahora, antes de liarnos a juicios, toca sentarse a hablar. ¿Buena idea? Pues depende. Para los que les gusta ir con el cuchillo en la boca, quizás no. Pero para los que prefieren evitarse años de papeleo con sus elevados costes, puede ser la salvación. Eso sí, ojo, no vale con hacer como que lo intentas. Hay que demostrar que de verdad has puesto de tu parte para llegar a un acuerdo.

Un pequeño gesto que puede traernos buenos frutos. Véase: 

  • Reducción de la carga en los tribunales.
  • Fomento de la resolución pacífica de conflictos.
  • Mayor eficiencia y agilidad en la resolución de disputas.
  • Promoción de una cultura de diálogo y acuerdo entre las partes.
Obligación de intentar la mediación previa

B) Digitalización de la mediación

Llegamos a nuestro punto favorito. La Ley Orgánica 1/2025 impulsa la digitalización de la mediación. No lo veamos como una cuestión de hacer más modernos los juzgados, sino como una oportunidad real para transformar la forma en que se resuelven los conflictos. 

¿Cómo? Permitiendo que las sesiones se realicen desde cualquier lugar, facilitando el acceso a la información y agilizando la gestión de documentos. No hay más. 

Eso sí, la digitalización es mucho más que una simple videoconferencia. Son nuevas maneras de comunicarnos. De compartir información. Abre la puerta a herramientas innovadoras que pueden mejorarlo todo, desde la propia comunicación, a facilitar la identificación de personas e intereses comunes y a ayudar a construir acuerdos más sólidos. 

¿Cómo podemos aprovechar al máximo estas oportunidades? 

Invirtiendo. Nos gustaría decir que hay más opciones, pero no. Hay que invertir en formación, utilizar herramientas seguras y de confianza, y saber adaptar los procesos a las necesidades de cada caso. Y es que, a la digitalización no hay que verla como un fin en sí mismo, sino como un medio para lograr una mediación más eficaz.

Tan eficaz que pondrá sobre la mesa: 

  • Mayor comodidad y flexibilidad para las partes.
  • Reducción de los costes asociados a la mediación.
  • Mayor eficiencia en la gestión de documentos.
  • Garantía de seguridad y validez legal de los documentos.
  • Mayor accesibilidad a la mediación para personas con movilidad reducida o que residen en zonas alejadas.

¿Merece o no merece la pena? El jurado ha decidido unánimemente que sí. 

La implementación de la Ley Orgánica 1/2025 requiere que los profesionales del sector legal se adapten a nuevas herramientas tecnológicas. Los certificados digitales para asesorías se vuelven indispensables en este contexto, porque le da la oportunidad a los mediadores y abogados a autenticar su identidad y firmar documentos digitalmente con plena validez legal. La capacidad de firmar documentos digitalmente es particularmente interesante, ya que permite a las partes formalizar acuerdos de manera remota, cumpliendo con los requisitos legales establecidos por la nueva normativa

C) Inclusión de incentivos fiscales

La Ley Orgánica 1/2025 incluye incentivos fiscales para fomentar el uso de la mediación, como la deducción de los gastos de mediación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y en el Impuesto sobre Sociedades (IS). 

¿Serán estos incentivos suficientes para fomentar el uso de la mediación? Dínoslo tú, cuando sepas que: 

  • Supondrá una reducción de la carga fiscal para las empresas y los ciudadanos que utilizan la mediación.
  • La mediación tendrá un mayor atractivo como mecanismo de resolución de conflictos.
  • Ayudará a fomentar la cultura de la mediación en la sociedad.
  • Se dará una mayor inversión en mediación por parte de las empresas y los ciudadanos.
  • Habrá un mayor desarrollo del sector de la mediación en España.

Si es que solo hay que tocarnos el bolsillo para que todo nos parezcan beneficios. Aunque en este caso sean reales. Tangibles. 

Y para cumplir con los requisitos de la ley y garantizar la validez de las comunicaciones, los profesionales de este sector, podéis recurrir a Confye. Recuerda que te permite el envío de comunicaciones certificadas con plena validez legal.

Cambios en la ley de mediación

¿Cómo repercutirá la nueva ley orgánica a los expertos en mediación?

Sobra decir que se abre un nuevo mundo de posibilidades. Nuevas oportunidades y sí, también nuevos desafíos. Tocará adaptarse a los nuevos requisitos. Formarse. 

¿Estamos ante una nueva era para la mediación en España? Creemos que sí, una nueva en la que los mediadores jugarán un papel protagonista. Una era que traerá nuevas mejoras.

1. Aumento en la solicitud de servicios

Más servicios, más oportunidades de negocio. 

¿Qué implica este aumento en la práctica?

  • Para los abogados, la necesidad de ampliar sus servicios para incluir el asesoramiento en mediación, la representación de clientes en procesos de negociación y la redacción de acuerdos extrajudiciales.
  • Para las empresas, la oportunidad de optimizar sus procesos internos para la gestión de conflictos, capacitar a sus empleados en técnicas de negociación y establecer alianzas estratégicas con mediadores y abogados especializados.

Este aumento en la demanda de servicios plantea retos que hay que tener en cuenta, siendo la resistencia al cambio uno de los más importantes, sin olvidar nunca la necesidad de garantizar la calidad y la profesionalidad de los servicios.

Pero, sobre todo, ofrece una oportunidad única para construir relaciones más sólidas con los clientes, soluciones más eficientes y contribuye a la construcción de una sociedad más pacífica y justa.

Y ahora a lo que interesa de verdad, ¿qué problemas soluciona este aumento en la solicitud de servicios?

  • Mayor oportunidad para los mediadores de desarrollar su carrera profesional.
  • Mayor oferta de servicios de mediación para las empresas y los ciudadanos.
  • Mayor especialización y capacitación de los mediadores.
  • Mayor profesionalización del sector de la mediación.
  • Mayor reconocimiento social de la mediación como mecanismo de resolución de conflictos.
  • Mayor inversión en mediación por parte de las empresas y los ciudadanos.

2. Enfoque en áreas específicas

La ley impulsa la especialización de los mediadores en áreas específicas del derecho, como la mediación familiar, la mediación mercantil o la mediación concursal. Por tanto, ¿cómo podríamos fomentar la especialización de los mediadores y garantizar que tengan los conocimientos y habilidades necesarios para cada área?

Más allá de la formación académica, la clave está en la certificación y acreditación de los mediadores especializados. La ley podría establecer un sistema de certificación que garantice que los mediadores cumplen con unos estándares mínimos de calidad y que están debidamente capacitados para abordar los desafíos específicos de cada área del derecho. Esta certificación podría ser otorgada por organismos independientes y reconocidos, y podría ser un requisito para ejercer como mediador en determinadas áreas.

¿Qué opinas? ¿Se te ocurre a ti otra opción?

3. Incorporación de innovaciones tecnológicas

La digitalización de la mediación requiere que los mediadores incorporen mejoras tecnológicas a su práctica profesional. Hablamos de plataformas de mediación online, de herramientas de videoconferencia o de sistemas de gestión de documentos electrónicos, por citar algunos.

Cambios en la ley de mediación

Ventajas de la Ley Orgánica 1/2025

La Ley Orgánica 1/2025 ofrece numerosos beneficios tanto para los ciudadanos como para las empresas, así como para el sistema judicial en su conjunto. La pregunta que hay que hacerse ahora es, ¿estamos ante una ley que realmente transformará la forma en que resolvemos nuestros conflictos? ¿O seguirá igual que siempre? 

1. Mayor disponibilidad para los ciudadanos

La mediación ofrece una alternativa más accesible y económica a los tribunales, lo que facilita el acceso a la justicia para los ciudadanos. La Ley Orgánica 1/2025 no se quiere limitar simplemente a promover la mediación, busca democratizar su acceso. Y para ello, hay que eliminar las barreras económicas, sociales y culturales que impiden que muchos ciudadanos puedan beneficiarse de este mecanismo de resolución de conflictos.

¿Cómo se logra esto? A través de:

  • Subvenciones y ayudas públicas para cubrir los costes de la mediación.
  • La creación de servicios de mediación gratuitos en los municipios.
  • La formación de mediadores especializados en la atención a personas vulnerables.

Pero la democratización de la mediación también implica promover una cultura de diálogo y acuerdo en todos los ámbitos de la sociedad. Esto significa educar a los ciudadanos sobre los beneficios de la mediación, fomentar la participación de la comunidad en la resolución de conflictos y garantizar que todos los ciudadanos tengan acceso a la información y al asesoramiento necesarios para tomar decisiones informadas.

Y la teoría, como habéis podido leer, es magnífica. Ahora toda llevarla a la práctica.

2. Soluciones más ágiles y efectivas

Poco que comentar aquí. La mediación permite encontrar soluciones más rápidas y efectivas a los conflictos, ya que las partes tienen mayor control sobre el proceso y pueden llegar a acuerdos que satisfagan sus necesidades e intereses. 

Fácil, sencillo y para toda la familia. 

Ventajas de la Ley Orgánica 1/2025

3. Disminución de la carga en los tribunales

La realidad es que el sistema judicial español se encuentra al borde del colapso, con plazos de resolución que se dilatan durante años y una carga de trabajo que asfixia a jueces y funcionarios. Y como comprenderás, esta situación genera:

  • Frustración en  los ciudadanos.
  • Incertidumbre en las empresas.
  • Un coste económico inasumible para el Estado. 

La Ley Orgánica 1/2025 busca aliviar esta presión. Busca ofrecer un nuevo camino. Una vía alternativa para resolver conflictos de forma más rápida, eficiente y económica. Como dirían Smash Mouth, “Why Can’t We Be Friends?”. Tenemos que evitar que los tribunales se sigan saturando con casos que podrían resolverse de forma amistosa. Debemos ser inteligentes y liberar recursos. Recursos para aquellos asuntos que realmente requieren una intervención judicial.

4. Fomento de métodos pacíficos para resolver conflictos

Reconozcámoslo. El mundo cada vez está más polarizado. Las diferencias se exacerban y el diálogo se dificulta, cuando no es imposible en algunas ocasiones. Llegados a este punto, la mediación se nos presenta como una herramienta con la que romper el círculo vicioso de la confrontación. ¿Por qué no aprovecharla?

La escalada de conflictos, tanto a nivel personal como social, genera violencia, frustración y desconfianza. Con la entrada de la Ley Orgánica 1/2025, se busca revertir esta tendencia, promover una cultura de diálogo y acuerdo, donde las partes se sientan escuchadas y respetadas, y donde se priorice la búsqueda de soluciones constructivas en lugar de la imposición de una única verdad.

Démosle una oportunidad. 

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