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¿Qué es el modelo 303 de IVA?
El modelo 303 es el formulario de declaración trimestral del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido).
Se trata del pago fraccionado del IVA que los autónomos y empresas deben presentar a Hacienda de forma trimestral a través de las facturas emitidas. Más concretamente consiste en el pago de la diferencia entre el IVA repercutido en las facturas emitidas, y el IVA soportado en las facturas de gastos.
Si el IVA soportado ha sido mayor que el repercutido, será la AEAT la que devolverá esa cantidad al autónomo o empresario. En cambio si el IVA soportado ha sido menor, la empresa o el autónomo deberá abonar la cantidad correspondiente.
Tipos de IVA a presentar: en Régimen general o simplificado
La autoliquidación del IVA en Régimen general es el más común, al tratarse de aquel que se aplica cuando la actividad económica no corresponde a ningún régimen especial o está excluido del simplificado o del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
Los tipos aplicables de IVA son del 21%, 10% o 4%.
De este modo, el Régimen simplificado del IVA se atribuye a aquellas actividades económicas que no hayan renunciado al régimen ni hayan renunciado o estén excluidos de la estimación objetiva en el IRPF y que, además, cumplan con los siguientes requisitos.
- Que sean personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF, siempre que en este último caso, todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes sean personas físicas.
- Que cada una de sus actividades esté incluida en la Orden que desarrolla este régimen y no se superen las magnitudes específicas establecidas. Se pueden consultar a mano derecha.
- Que el volumen de ingresos en el año inmediato anterior no supere:
- 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, forestales y ganaderas.
- 250.000 euros para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas.
- Cuando el año inmediato anterior se hubiese iniciado una actividad, el volumen de ingresos se elevará al año.
- Que el volumen de adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el ejercicio anterior excluidas las adquisiciones de inmovilizado no supere la cantidad de 250.000 euros anuales (IVA excluido).
- Si se inició la actividad, el volumen de compras se elevará al año. En el supuesto de obras y servicios subcontratados, el importe de los mismos se tendrá en cuenta para el cálculo de este límite.
- Que ninguna actividad se encuentre en estimación directa en el IRPF o en alguno de los regímenes del IVA incompatibles con el simplificado. Solamente existe compatibilidad con los regímenes especiales de la agricultura, ganadería y pesca, con el del recargo de equivalencia y con determinadas actividades (operaciones exentas del artículo 20 LIVA y arrendamientos de bienes inmuebles que no supongan el desarrollo de una actividad económica).
¿Quién debe presentar el modelo 303?
Cualquier autónomo o empresario o sociedad mercantil que desarrolle una actividad económica y operaciones sujetas a IVA debe presentar el modelo 303 de Hacienda.
Deben presentarlo también arrendadores y promotores inmobiliarios.
Como excepción no será necesario para aquellos cuyas actividades estén exentas de IVA como servicios de medicina, sanitarios o de educación, ya que el tratamiento del IVA en estos servicios es diferente.
¿Cuándo hay que presentar el modelo 303?
La obligación de presentar el modelo 303 lo tienen autónomos, empresarios o sociedad que realicen actividades que sean de aplicación al régimen general o régimen simplificado de IVA.
Ha de presentarse siempre, aunque en un determinado trimestre no se tenga actividad.
Se presenta en las siguientes fechas:
- Primer trimestre del 1 al 20 de abril, ambos incluidos
- Segundo trimestre del 1 al 20 de julio, ambos incluidos
- Tercer trimestre del 1 al 20 de octubre, ambos incluidos
- Cuarto trimestre del 1 al 30 de enero, ambos incluidos
¿Cómo presentar el modelo 303 del IVA?
El modelo 303 se puede presentar de las siguientes formas:
Modelo 303 en papel:
En este caso se puede descargar para presentarlo en papel desde la página web de la Agencia Tributaria.
El formulario permite generar un PDF para su presentación en papel en entidades colaboradoras si el resultado es “a ingresar”, en oficinas de la Agencia Tributaria si el resultado es “a compensar” o “sin actividad” o en cualquiera de ellos si el resultado es “a devolver”.
Modelo 303 de forma electrónica:
A través de la sede electrónica de la AEAT se puede completar y presentar el documento de forma telemática.
- Utilizando Cl@ve PIN
- Utilizando DNI Electrónico
- Utilizando un certificado digital reconocido.
Esta tercera opción te permitirá además hacer muchas otras gestiones administrativas.
Si no tienes un certificado digital, puedes consultar obtener tu certificado digital de autónomo o consultar qué certificado digital necesitas para tu caso aquí.
El formulario está dividido en algo más de 80 casillas y 8 secciones. No todos los declarantes cumplimentan todas las casillas, muchas suelen quedar vacías dependiendo de cada declaración.
¿Cómo rellenar el modelo 303?
Los apartados 1 y 2 corresponden a las casillas de identificación y el devengo.
Si el tipo de IVA que presentamos es en Régimen general disponemos de 9 casillas para rellenar sobre el IVA devengado.
Las casillas 10 y 11 solo se rellenan en el caso de realizarse operaciones intracomunitarias.
Las operaciones con inversión de sujeta pasivo hay que declararlas en todo momento, aunque no incluyan IVA en la factura. No obstante, las casillas 14 y 15 solo se rellenan si han habido modificaciones en el trimestre. Esta misma modificación se tendrá que ver reflejada en las casillas 25 y 26.
El apartado del IVA devengado finaliza en la casilla 27.
A continuación encontramos el apartado dedicado al IVA deducible del modelo 303, el que hemos pagado a nuestros proveedores.
Algunas casillas, como la 32 o 35 tienen que ver con actividades extracomunitarias y que debemos obviar si no hemos realizado dicha actividad.
Las casillas 40 y 41 nos sirven para corregir errores, como alguna factura que se nos olvidó presentar. La 44 solo se rellena en el último trimestre, mientras que la 45 incluirá el total a deducir.
En la casilla 45 veremos la resta entre el resultado de la 27 y la 25. Si el número obtenido es positivo, será la cuantía que debemos pagar a Hacienda. En cambio, si es negativo significa que hemos pagado más de lo que debíamos, por lo que se podrá compensar.
Si tributas en Régimen simplificado, por “módulos”, deberemos concentrarnos en la página número 2.
Una vez en la página 3, las casillas 62, 63, 74 y 75 permiten al autónomo retrasar sus pagos del impuesto una vez haya cobrado las facturas.
La casilla 64 es el resultado de la declaración del IVA. El número positivo es el que habrá que pagar a Hacienda.
Si el resultado de la casilla 67 es negativo, significa que Hacienda debe devolverte esa cantidad. No obstante, no lo hará por trimestres, sino que lo acumula para devolverlo al final del año, en caso de que, efectivamente, el total anual sea negativo.
Declaración «a ingresar» con el Modelo 303
La declaración será «a ingresar» si el resultado de la liquidación (casilla 71) es positivo y se efectúa el ingreso efectivamente.
Declaración «con solicitud de devolución» con el Modelo 303
La declaración será «con solicitud de devolución» si el resultado de la liquidación (casilla 71) es negativo y solicita devolución.
Declaración «a compensar» con el Modelo 303
La declaración será «a compensar» si el resultado de la liquidación (casilla 71) es negativo y no solicita devolución.
Declaración «resultado cero” con el Modelo 303
La declaración será «resultado cero» cuando el resultado de la liquidación sea cero.
Declaración “sin actividad» con el Modelo 303
La declaración será «sin actividad» cuando no se hayan devengado ni soportado cuotas durante el período declarado.
Información del Modelo 303 en la Agencia Trubutaria
Puedes consultar más información sobre el modelo 303 de la Agencia Tributaria desde el enlace. Del mismo modo, si necesitas ampliar o consultar más información, lo puedes hacer desde su página web.